Si la persona privada de libertad es integrante de una comunidad campesina o nativa, la administración penitenciaria deberá incorporar dicha información en su Ficha de Identificación y adoptar las medidas necesarias a efectos de asignarle una Ubicación en el establecimiento penitenciario que garantice su integridad física y mental e impida alguna agresión a su derecho a preservar su identidad étnica y cultural. Las peticiones, quejas y denuncias podrán ser formuladas en forma individual o grupal. En los establecimientos penitenciarios donde no existan los miembros para conformar el Consejo Técnico Penitenciario, se integrará con los funcionarios designados por Resolución Presidencial del Instituto Nacional Penitenciario. Además se le practicará un examen médico general para los fines de tratamiento en caso corresponda. Webrealizar las acciones de ejecución del acto, siendo aplicable para estos efectos lo dispuesto en el Título Cuarto de la Sección Tercera del Código Procesal Civil. Con tal propósito, facilitará el o los ambientes necesarios para su desarrollo. WebCódigo de Procedimiento Penal..." convocó a sesión extraordinaria para las 10h00 del jueves 23 de diciembre de 1999 y a período extraordinario para las 10h00 del martes 4 de enero del 2000. La persona privada de libertad a quien se le atribuya la comisión de una falta disciplinaria será sometida a un procedimiento administrativo con las garantías del debido proceso. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el director del establecimiento penitenciario o por la mitad más uno de sus integrantes, para tomar acuerdos sobre las evaluaciones de expedientes de beneficios penitenciarios y otros. 16.13 Vestir la ropa que le brinde la Administración Penitenciaria cuando ejerza actividades laborales. Cuando la revocatoria se sustente en el incumplimiento de las reglas de conducta, se computará el tiempo que el interno estuvo en semilibertad o liberación condicional para efectos del cumplimiento de su condena. En caso de declararse fundada la impugnación se deberá ordenar el retorno del interno al establecimiento penitenciario de origen. En consecuencia, se encuentra prohibido por parte de los internos el uso de cualquier otro servicio de telecomunicaciones que permita la transmisión de voz y/o datos, distinto a los teléfonos públicos y locutorios instalados para tal efecto. Cuando el presente Decreto Supremo haga mención al "Código", se entenderá que está referido al Decreto Legislativo Nº 654 - Código de Ejecución Penal. Cuando el traslado es solicitado por el interno, la administración penitenciaria resolverá en un plazo de treinta días. Todo establecimiento penitenciario tendrá un Órgano de Seguridad a cargo de un Jefe de Seguridad. 265.4 Constancia expedida por la Entidad Receptora Limitación de Días Libres donde el sentenciado cumplió la pena. 243.2 El Instituto Nacional Penitenciario, INPE, celebrará convenios de cooperación institucional con los representantes de las municipalidades y la Policía Nacional, en aquellas provincias, distritos y localidades donde el INPE no cuente con oficinas de la Dirección de Tratamiento de la correspondiente Dirección Regional. El Sistema Progresivo del tratamiento penitenciario comprende la observación, diagnóstico, pronóstico, clasificación y el programa de tratamiento individualizado. 16.4 Participar en los programas de alfabetización y educación primaria para adultos, en los casos que no hayan completado dicho nivel. Asimismo, fomentará la continua colaboración e interacción con los grupos religiosos e iglesias para la consecución de los objetivos propios de la resocialización. 159.7 Por atención médica especializada. Para acogerse al beneficio de semilibertad, además de los requisitos establecidos en el artículo 49 del Código, el interno deberá presentar una declaración jurada afirmando que solicita la semilibertad con la finalidad de realizar una actividad laboral o educativa. Para su concesión se tomarán en cuenta los antecedentes y demás circunstancias personales del interno. Y debe otorgar copia al interno cuando lo requiera, salvo lo establecido en el inciso 51.9. WebRazones jurídicas para modificar el artículo 165° del reglamento del código de ejecución penal y concordantes. Este Código, de acuerdo con el artículo … Los suscriptores pueden ver una lista de resultados conectados a su documentos vía tópicos y citas encontradas por Vincent. En los casos de internos que hayan cometido los delitos previstos en los artículos 107, 108, 108-A, 108-B, 153, 153-A, 200, 279-G, 297, 317, 317-A, 317-B y … Faltas y sanciones disciplinarias, CAPÍTULO III. El contenido de éstas es sometido a control por los organismos correspondientes a fin de evitar que se afecte la seguridad nacional, la seguridad de las instalaciones del establecimiento penitenciario o el cumplimiento de las normas de tratamiento.". El Presidente de la República, los Congresistas y Ministros de Estado, los Magistrados del Ministerio Público y del Poder Judicial, el Defensor del Pueblo y los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, en el ejercicio de sus funciones, podrán ingresar a los establecimientos penitenciarios, previa identificación, en cualquier día y hora de la semana. El sentenciado será entrevistado por el director de tratamiento y evaluado por los profesionales que conforman el equipo multidisciplinario de tratamiento, a fin de determinar el área donde pueda realizar la prestación de servicios a la comunidad o recibir orientación psicológica y/o educativa. El presidente tendrá voto dirimente. En el caso de internas estará a cargo de personal femenino de dicha institución. Si no estuviese en condiciones de dar su consentimiento para el tratamiento, la autorización la concederá cualquier familiar directo y, en ausencia de éste, el director del establecimiento penitenciario. Además de las funciones establecidas en los artículos 83 y siguientes del Código, son funciones del trabajador social: 138.1 Promover la restitución, mantenimiento y refuerzo del vínculo del interno con su familia a través de procesos individuales, grupales o familiares. Los internos que realicen dichas actividades serán considerados trabajadores ad honorem, con derecho a redimir su pena por trabajo. LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-06-2016 1 de 77 LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016 El servicio de asistencia psicológica también desarrolla acciones de investigación sobre la conducta del interno a fin de elaborar su perfil psicológico. Además de las obligaciones previstas en la Ley Nº 27030, las Entidades Receptoras de Servicios a la Comunidad o de Limitación de días libres, asumen las funciones de gestión de los servicios u orientaciones educativas o psicológicas, asesoramiento, seguimiento y asistencia de los penados, sin perjuicio de la supervisión y control de la autoridad penitenciaria. Para la redención de la pena por la educación, se computará como un día de estudio la dedicación a esta actividad durante al menos cuatro horas efectivas mínimas, así sea en días diferentes. 16.8 Tener un comportamiento adecuado, respetando la integridad física y psicológica, los principios éticos, morales y religiosos de los demás. En caso de ser analfabeto, esta información deberá ser proporcionada en forma oral. 11.7 Acceder al trabajo en los Establecimientos Penitenciarios. El Instituto Nacional Penitenciario, en coordinación y apoyo de instituciones públicas y/o privadas, promoverán la construcción y funcionamiento de las colonias agrícolas, agropecuarias o industriales. En caso que el investigador hubiera sido el afectado por la falta disciplinaria materia de investigación, el director del establecimiento penitenciario nombrará a otro funcionario o servidor que no haya sido afectado por ella, para el cumplimiento de dicho fin. WebEl Código de Ejecución Penal fue promulgado mediante Decreto Legislativo N° 654, el 02 de agosto de 1991, y entró en vigencia el 18 de de agosto de ese año. Concluida la audiencia descrita en el Artículo 87, el Consejo Técnico Penitenciario, en un plazo no mayor de tres días hábiles, emitirá una resolución en que se determine la responsabilidad o ausencia de ella en el interno. Los establecimientos penitenciarios de mujeres contarán con una guardería infantil o área destinada para la madre con hijos hasta los tres años de edad. Los regímenes penitenciarios aplicables a los internos varones o mujeres son: El Régimen Cerrado tiene un período de observación y otro de tratamiento. En la exposición de Motivos del código de Ejecución Penal de 1991, se establece que uno de los pilares fundamentales del ordenamiento jurídico … En el Régimen Cerrado Ordinario, el interno permanecerá en su celda pasadizos o en el patio desde las 06:00 hasta las 18:00 horas. Superada la causa, podrá ser retornado al establecimiento penitenciario de origen, a solicitud del interno. 224.8 Las demás funciones que le encomiende el director del establecimiento penitenciario. Los ingresos por concepto de trabajo del interno correspondiente al diez por ciento (10%) será para solventar las actividades productivas y de tratamiento penitenciario del INPE, el mismo que se deposita en la cuenta que determine el Instituto Nacional Penitenciario. La visita íntima constituye un beneficio al que pueden acceder las personas privadas de libertad procesadas o sentenciadas, que tengan la condición de casados o convivientes. El tratamiento médico-sanitario se llevará a cabo siempre con el consentimiento informado del interno. El Órgano Técnico de Tratamiento podrá solicitar el apoyo de otros profesionales para el cumplimiento de sus funciones. Estarán sujetos al siguiente régimen: - Visita.- Dos visitas semanales de máximo 4 familiares por consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo grado, varones o mujeres, incluido el cónyuge o concubino, y/o amigos. El cumplimiento de la sanción podrá reiniciarse previo informe médico. En el Régimen Cerrado Especial, el Órgano Técnico de Tratamiento del penal es el encargado de realizar el seguimiento permanente y evolución del interno en su tratamiento, y proponer al Consejo Técnico Penitenciario su permanencia en la etapa en la que se encuentre, así como su promoción o regresión a otra etapa del régimen. Los internos procesados podrán participar voluntariamente en la actividad laboral del establecimiento penitenciario. Cada Establecimiento Penitenciario establecerá los métodos y mecanismos para el control del ingreso y salida de los visitantes y de sus pertenencias. Atendiendo al número de internos, así como al espacio físico disponible del pabellón, el Consejo Técnico Penitenciario podrá autorizar las salidas al patio por grupos. La visita extraordinaria tendrá una duración máxima de 2 horas y terminará obligatoriamente antes de la hora de encierro. Mediante dicha designación, el sentenciado queda obligado a cumplir la pena impuesta de acuerdo con las condiciones de modo, tiempo y lugar que haya fijado la autoridad penitenciaria, así como a respetar y acatar las normas internas del centro laboral o de limitación de días libres y las de la Dirección Regional de Tratamiento, encargada de la vigilancia y cumplimiento de la sentencia. Las entidades receptoras no podrán supeditar la asignación y ejecución de la prestación de servicios a la comunidad a la obtención de beneficios económicos. Para todo traslado el director del establecimiento penitenciario de origen deberá observar, bajo responsabilidad, las siguientes reglas: 160.1 Informar al interno sobre el establecimiento penitenciario de destino, así como de los motivos del traslado. Además, implementará la instalación de teléfonos públicos exclusivamente en cabinas con accesos comunes en los establecimientos penitenciarios, excepto en los de Régimen Cerrado Especial de máxima seguridad. El interesado deberá presentar una solicitud que contendrá los datos del visitante y del visitado, así como las razones que fundamenten su pedido.". El beneficio se concederá en los ambientes implementados para tal fin, y tendrá una periodicidad de 15 días. El Secretario del Consejo Técnico Penitenciario cumplirá las funciones que le asigne el Presidente del Consejo y los miembros integrantes, además de llevar al día el libro de actas de las sesiones. El Órgano Técnico de Tratamiento realizará cada seis (6) meses una evaluación integral del interno clasificado en una de las 3 etapas del régimen cerrado especial, cuyo resultado se consignará en un informe que será incorporado al expediente personal del interno. Donde no existiera dicha oficina, el director designará al funcionario que se encargue de dicho registro. 243.3 En los casos en que se haya celebrado el convenio a que se refiere este artículo, las alusiones hechas, en este título, a la Dirección de Tratamiento, se entenderán hechas a la Municipalidad o Unidad Policial Correspondiente. A efecto de lo establecido en el artículo 55 del Código Penal, se considerará, según el caso, incumplimiento injustificado de la prestación de servicios a la comunidad o de la jornada de limitación de días libres: 266.1 La inasistencia o el abandono del trabajo o de la actividad educativa. 236.2 Solicitar al Consejo Técnico Penitenciario la reducción o suspensión de las sanciones disciplinarias. 140.3 Asesorar y apoyar al interno en la tramitación de sus beneficios penitenciarios y gracias presidenciales, así como realizar el seguimiento en su tramitación. WebReglamento Sustitutivo del Reglamento General de Aplicación del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social CAPITULO I De los organismos y funcionarios a … Se informará de la decisión al interesado en un plazo de veinte días hábiles de presentada la solicitud. Web— El presente Reglamento del Código de Ejecución Penal regula la ejecución de la pena privativa de la libertad, las restrictivas de la libertad, las limitativas de derechos y las … Web29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° … A solicitud escrita del interno, de sus familiares, de su abogado defensor o de la persona previamente designada por él, el director del establecimiento penitenciario podrá autorizar que médicos particulares traten al interno con conocimiento del médico responsable del establecimiento penitenciario. Para el control de la actividad laboral de los internos, el área de trabajo del Establecimiento Penitenciario entregado en concesión al Sector Privado requerirá de monitoreo digital para su registro e inspección, tanto para su retribución como para el cómputo laboral. WebSocial (texto ordenado del Reglamento General de Procesados) y a la Resolución 1587/08 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos (mecanismo de vigilancia … 16.10 Cumplir con los horarios y lugar que la Administración Penitenciaria señale para el consumo de alimentos. El servicio de enfermería será permanente en todo establecimiento penitenciario. Cuando el beneficiado con una semilibertad o liberación condicional necesite residir o realizar una actividad laboral o educativa fuera de la jurisdicción donde se encuentra, deberá solicitar autorización al juez que le concedió el beneficio. En el oficio pertinente, se precisará el número de jornadas de servicios impuestas en la sentencia, el horario para la realización de la prestación, el día de inicio y el área donde el sentenciado deberá cumplirla. Progresivamente en la medida que se implante la infraestructura necesaria los internos tanto como procesados y sentenciados, serán reclasificados de acuerdo con los criterios antes establecidos. En casos especiales, debidamente autorizados por el Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario, con la debida justificación, las horas trabajadas o estudiadas durante dichos días se computarán como ordinarias. Se registra y consagra en el LIBRO 1V (Ejecución), TÍTULO 1 (Ejecución Penal), y va desde los artículos 436 al 447. La progresión del Régimen Cerrado Especial al Régimen Cerrado Ordinario, sólo podrá autorizarse a los internos clasificados en la Etapa "C", siempre que cuenten con dos evaluaciones favorables mínimas, salvo mandato judicial. Todo interno podrá solicitar al Poder Judicial o a la Administración Penitenciaria, según sea el caso, la rectificación o aclaración de sus datos de carácter personal contenidos en los archivos y ficheros penitenciarios que resulten inexactos o incompletos. - Estímulos.- El buen comportamiento permanente del interno le permitirá acceder a visita especial directa de tres familiares o amigos, por una hora, el día de su onomástico, navidad, día de la madre o el padre, según corresponda. - Estímulos.- El buen comportamiento permanente del interno le permitirá acceder a visita especial directa por una hora hasta por tres familiares el día de su onomástico, navidad, día de la madre o el padre, según corresponda. El Órgano Técnico de Tratamiento establecerá si al interno le corresponde el Régimen Cerrado Ordinario o una de las etapas del Régimen Cerrado Especial. Para la ejecución de la expatriación o expulsión del país, el director del establecimiento penitenciario pondrá al interno a disposición de la autoridad de extranjería del Ministerio del Interior, previa coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, una vez cumplida la pena privativa de la libertad. Dicho servicio telefónico público contará con un sistema de identificación de llamadas u otro mecanismo que permita a la Administración Penitenciaria obtener un reporte de las llamadas realizadas por los internos, así como al receptor de las mismas, conocer el origen de donde proviene.". En caso de declararse procedente el recurso, librará exhorto al juez penal competente del lugar de destino, quien actuará conforme al Artículo 186 del presente Reglamento. Las circunstancias especiales en las que el Consejo Técnico Penitenciario requerirá convocar a los profesionales para su actuación a nivel nacional se determinarán por Resolución Presidencial. 32.6 Cuando se trate de la visita de un menor de edad y su progenitor o progenitores se encuentren recluidos. El encargado de la conducción es el responsable de la seguridad, integridad y dignidad de la persona privada de libertad. En cada establecimiento penitenciario, el responsable de educación promoverá el funcionamiento de una o más bibliotecas con el aporte de instituciones públicas, privadas y de los mismos internos. En caso que la conducta se haya limitado a la tentativa de una falta grave, se aplicarán las sanciones previstas para las leves. Deben ser tramitados y resueltos en los plazos establecidos en el Código. La administración penitenciaria promoverá el desarrollo de la actividad laboral con la participación de los gremios profesionales y empresariales, la sociedad civil y la cooperación técnica internacional. Un supervisor controlará el cumplimiento de esta pena para lo cual realizará visitas al local donde ésta se ejecuta; asimismo podrá recurrir a llamadas telefónicas o a cualquier otro medio. En cada establecimiento penitenciario se efectuará periódicamente una desinfección, fumigación y desratización. La administración penitenciaria proporcionará alimentación adecuada a los internos. El interno tiene derecho a recibir visita personal y a comunicarse con sus familiares y amigos en forma oral y escrita, en los ambientes acondicionados en los Establecimientos Penitenciarios, de acuerdo con el horario y medidas de seguridad establecidas por el Consejo Técnico Penitenciario, salvo orden judicial de incomunicación. 210.5. Los servicios de salud en los establecimientos penitenciarios se adecuarán a las normas de clasificación, infraestructura y organización dictadas por el Ministerio de Salud. 266.2 El rendimiento manifiestamente inferior en el centro laboral a pesar del requerimiento escrito y reiterado del responsable de la Entidad Receptora de Servicios a la Comunidad. La administración penitenciaria promoverá el ejercicio del culto y demás actividades pastorales. TÍTULO PRELIMINAR. - Visita de menores de edad.- La visita de menores de edad será cada 15 días, quienes deberán estar acompañados del padre, madre o tutor. Cuando no fuera posible el retorno del interno por razones de fuerza mayor o caso fortuito dentro del plazo concedido, el personal de seguridad deberá dar cuenta inmediata al director del establecimiento penitenciario de origen, y adoptará las medidas de seguridad pertinentes. El trabajo en los establecimientos penitenciarios es obligatorio para los internos sentenciados como medio terapéutico adecuado a los fines de la resocialización. En los demás casos, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la referida Ley Nº 29423, los condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria no pueden acogerse a los beneficios penitenciarios de redención de la pena por el trabajo o educación. Igualmente, dará cuenta del abandono del trabajo o de la sesión educativa o psicológica. - Visita íntima.- El Consejo Técnico Penitenciario del penal podrá conceder el beneficio de la visita íntima al interno que cumpla con los requisitos establecidos en la normatividad vigente. El horario de visita será de ocho horas cada día, salvo lo establecido en los regímenes cerrados especiales. 138.2 Promover redes de soporte interinstitucional que coadyuven en el tratamiento del interno, así como canalizar acciones de apoyo al interno de escasos recursos. El visitante deberá identificarse e indicará el nombre del interno que visita. El aislamiento deberá cumplirse preferentemente en el ambiente que habitualmente ocupa el interno o en un ambiente especial habilitado por la administración que deberá contar con acceso a los servicios básicos y con luz natural y ventilación. Esta limitación no alcanza al uso de datos con fines estadísticos o estudios criminológicos, sin utilizar información que permita la identificación del interno. La revisión íntima se hará únicamente cuando existan indicios razonables de intento de introducción de objetos prohibidos que atenten contra el régimen penitenciario. La revocatoria de la semilibertad o liberación condicional por la condena de un delito doloso, obliga a cumplir el tiempo de la pena pendiente al momento de su concesión. La clasificación de los internos se efectuará en lo posible en grupos homogéneos diferenciados de acuerdo a los siguientes criterios: 46.4 Los menores de veintiún años y los mayores de sesenta, del resto de los internos. 32.7 En casos especiales debidamente acreditados. En este último caso, se deberá establecer la sanción que corresponda y el monto del daño o perjuicio ocasionado. Las actividades penitenciarias se ejercerán respetando la dignidad y derechos del interno, no restringido por la Ley y la sentencia. La atención especializada se efectuará preferentemente a través del sistema nacional de salud. Se clasificará como activa para los internos que estuvieran en el Establecimiento Penitenciario y pasiva para los que hubieran egresado, activándose si el titular reingresara al establecimiento penitenciario. En los casos que el sentenciado resida fuera de la sede de la región se constituirá, si lo hubiere, al establecimiento penitenciario de su jurisdicción para que sea entrevistado por el equipo técnico de tratamiento. Reglamento del Código … Para tener derecho a dicho beneficio, el interno tiene que haberse inscrito previamente en el Libro de Registro de Educación. Las actividades de culto, promoción y asistencia a los internos, serán informadas a la dirección del establecimiento penitenciario a través del servicio social. 11.13 Contar con un espacio físico adecuado para la atención de los niños en los establecimientos penitenciarios para mujeres. 110.2 Libro de Planilla de Control Laboral. Será aplicado en forma multidisciplinaria por los profesionales y técnicos de tratamiento, promoviendo la participación del interno, así como de instituciones públicas o privadas, la familia y la sociedad. Los internos de los establecimientos penitenciarios podrán acceder a libros, revistas, y diarios de circulación nacional, siempre que no afecten ostensiblemente la seguridad o el desarrollo de las acciones de tratamiento. 16.5 Presentarse a los controles médicos que realicen los profesionales de la salud. Las autoridades penitenciarias que hubieran accedido a dicha información, estarán obligadas a guardar secreto profesional sobre los mismos, incluso después de que haya finalizado su relación con la Administración Penitenciaria. En caso que el interno concluya su actividad laboral al obtener su libertad o ser trasladado a otro establecimiento penitenciario, la administración deberá liquidar los montos abonados por los conceptos señalados en el inciso 111.1 del Artículo 111 del presente Reglamento. La revisión corporal deberá efectuarse respetando la dignidad de las personas, en condiciones de salubridad. En los Establecimientos Transitorios y en los demás que hagan sus veces, funcionará una Junta Técnica de Clasificación, cuya función será determinar el establecimiento penitenciario que corresponda al interno en base a los criterios establecidos en el Artículo 46 del Reglamento. El sentenciado a quien se revoca un beneficio de semilibertad o liberación condicional no podrá acceder nuevamente a estos beneficios por la misma condena. En los establecimientos penitenciarios donde no se cuente con los profesionales de tratamiento y servicios penitenciarios, el director podrá solicitar la participación de profesionales al servicio del Estado o del sector privado. 159.4 Por la puesta en funcionamiento de un nuevo Establecimiento Penitenciario público, dándose prioridad a los internos cuyo lugar de origen o residencia de su familia se encuentre cercano al nuevo destino. En su virtud, la imposición de una pena o medida de seguridad requiere de la celebración de un juicio previo, acorde a las normas de competencia y procesales penales. Todo establecimiento penitenciario deberá contar con un Centro de Observación y Clasificación a cargo del Órgano Técnico de Tratamiento, lugar donde se determinará la ubicación del interno dentro del establecimiento y se formulará el diagnóstico y pronóstico para su tratamiento. Los representantes del Cuerpo Diplomático acreditados en el país, representantes del Comité Internacional de la Cruz Roja u otros Organismos No Gubernamentales, podrán ingresar a los Establecimientos Penitenciarios, previa autorización del Director del Establecimiento Penal, Director Regional o cualquier miembro del Consejo Nacional Penitenciario, para lo cual dirigirán su pedido por escrito a la autoridad penitenciaria respectiva, especificando los motivos de su visita. Bajo lineamientos y supervisión de la Oficina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario, las Direcciones de Seguridad de las Direcciones Regionales implementarán grupos de operaciones especiales debidamente equipados y capacitados para la conducción y traslados de internos, así como para prevenir y resolver los riesgos de seguridad interna originados por motines, toma de rehenes, reyertas, incendios, inundaciones y otras situaciones análogas, que pongan en peligro la vida o integridad física de las personas, así como la seguridad interna o externa del establecimiento penitenciario. La revisión corporal de un menor de 18 años de edad, además deberá ser realizada en presencia de su padre, madre o persona mayor que lo acompañe. Para las audiencias públicas extraordinarias a que se refiere el inciso 178.1 del Artículo 178 será obligatorio que la autoridad judicial solicite a la administración penitenciaria el certificado de cómputo laboral o de estudios que corresponda al interno cuya detención se evalúa. Las peticiones, quejas o denuncias formuladas por los internos, serán registradas por la administración penitenciaria. Los menores deberán estar acompañados del padre, madre u tutor. En caso que el interno requerido tenga un proceso pendiente en la jurisdicción donde se encuentra recluido, la administración penitenciaria, antes del traslado, pondrá en conocimiento de la autoridad judicial de dicha jurisdicción, para los fines pertinentes. 51.7 Hoja de seguimiento de diligencias judiciales. El horario de visita tendrá una duración mínima de seis horas diarias. Durante la ejecución de una sanción, el Consejo Técnico Penitenciario podrá reducir, suspender o dar por extinguida la sanción impuesta, a pedido del interesado o de oficio. 111.3 Diez por ciento (10%) para costear los gastos que genera el desarrollo de la actividad laboral y de tratamiento del interno a favor del Instituto Nacional Penitenciario. 86.4 La propuesta de sanción al interno o el archivamiento de la investigación. Para la clasificación del interno, en las Etapas "A", "B" y "C", se debe tener en cuenta la situación jurídica, el delito imputado, las circunstancias en que se hubiere cometido, su condición de líder o cabecilla de organización delictiva, así como su comportamiento y antecedentes en el establecimiento penitenciario de procedencia.". Webvigencia del nuevo Código Procesal Penal han sido pasos importantes de ese proceso de fortalecimiento. WebTEXTO ÚNICO ORDENADO DEL CÓDIGO DE EJECUCIÓN PENAL. La Administración Penitenciaria registrará la visita. La distribución de los libros de la biblioteca podrá estar a cargo de un interno. Esta medida no podrá exceder de siete días y se computará para efectos del cumplimiento de la sanción en caso fuera impuesta. 224.1 Organizar y llevar la contabilidad del establecimiento penitenciario; 224.2 Supervisar el cumplimiento de las normas y disposiciones sobre recursos humanos, presupuesto, contabilidad y abastecimiento; 224.3 Efectuar los pagos y custodiar los fondos asignados al establecimiento; 224.4 Integrar el Consejo Técnico Penitenciario; 224.5 Tener a su cargo la supervisión y control de los concesionarios del establecimiento penitenciario; 224.6 Supervisar y controlar los servicios generales del establecimiento; 224.7 Velar por la efectiva, equitativa y adecuada provisión de alimentos a la población penal; y. Los beneficios penitenciarios son estímulos que forman parte del tratamiento progresivo y responden a las exigencias de individualización de la pena, considerando la concurrencia de factores positivos en la evolución coadyuvantes a su reeducación y reinserción social. 11.2 Tener acceso a una atención adecuada y oportuna de salud. Penas de prestación de servicios a la comunidad y de limitación de días libres, CAPÍTULO III. El personal de seguridad penitenciaria deberá informar de estos hechos al Director del Establecimiento Penitenciario, quien, a su vez, comunicará de ello al Director Regional. El trabajo penitenciario puede ser individual o colectivo; en ambos casos, el INPE establecerá el horario y la producción mínima para efectos de las evaluaciones periódicas y la redención de la pena. 157-167 Basic text(s) : 1982-07-01 (ECU-1982-L-30345) Código de ejecución de penas y rehabilitación social. En los Establecimientos Penitenciarios concesionados al sector privado los internos podrán prestar servicios auxiliares para la ejecución de obras, mantenimiento y limpieza del establecimiento penitenciario, así como en servicios auxiliares que comprenden actividades de cocina, enfermería, lavandería, panadería, almacén, biblioteca, jardinería, atención en el economato y otros similares. 16.1 Cumplir las disposiciones sobre orden, aseo y disciplina. La sociedad, las Instituciones de derecho público o privado y las personas participan en forma activa en el tratamiento del interno y en acciones de asistencia post-penitenciaria a través de los Comités de Apoyo al interno y las Juntas de Asistencia Post- Penitenciaria, en coordinación con las instituciones y organismos dedicados especialmente a la asistencia de los internos y de los liberados. Ingreso y clasificación del interno, CAPÍTULO V. Peticiones, quejas y denuncias del interno, CAPÍTULO I. La ubicación asignada no debe significar su aislamiento respecto al resto de los internos. 157-167 Basic text(s) : 1982-07-01 (ECU-1982-L-30345) Código de ejecución de penas … Efectuado un traslado sobre la base de los incisos 159.2, 159.3, 159.4, 159.5 y 159.9 del Artículo 159 del Reglamento, el interno, podrá interponer recurso de reconsideración o apelación ante la autoridad que dictó dicha resolución, resolviendo en este último caso la autoridad administrativa jerárquicamente superior. Para el cumplimiento de la condena, el interno podrá acumular el tiempo de permanencia efectiva en el establecimiento penitenciario, con el tiempo de pena redimido por trabajo o educación. 1.- Las normas … WebEl artículo 3 del Código Penal regula las garantías judicial, procesal y ejecutiva. La reclusión en un Establecimiento Penitenciario sólo se hará por mandato de la autoridad judicial competente. Dichas entidades deberán ofrecer las condiciones adecuadas para que el sentenciado cumpla la pena satisfactoriamente. 27030 y 27935. 122.2 Libro de Planilla de Control Educativo. Revisiones y registros de celdas y ambientes, CAPÍTULO II. Por razones de seguridad, esta información se podrá brindar cuando se haya ejecutado el traslado; 160.3 Permitir al interno llevar sus pertenencias personales indispensables o garantizar que las mismas lleguen a su lugar de destino en un plazo no mayor de cinco días; se debe entregar el resto a sus familiares o a la persona designada por el interno. Los internos que realicen dichas actividades deberán percibir un ingreso por parte del concesionario y el porcentaje de sus ingresos se distribuirá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 111-A del presente Reglamento. Nuestra … WebDescripción; Sumario: La investigación tiene como objetivo determinar los fundamentos jurídicos para modificar el Reglamento del Código de Ejecución Penal peruano … Beneficios Penitenciarios de Semi - Libertad Y Liberación Condicional 11.14 Formar agrupaciones culturales, deportivas, laborales, artísticas y religiosas. Los informes emitidos por los profesionales que integran el Órgano Técnico de Tratamiento para efectos de solicitar un beneficio penitenciario, deberán expresar criterios que permitan al magistrado sustentar el sentido de su resolución. 51.8 Récord sobre la conducta y sanciones disciplinarias. DECRETO SUPREMO N° 006-2011-JUS - Modifican el Reglamento del Código de Ejecución Penal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2003 … No se aplicará la sanción de aislamiento a las mujeres gestantes, a las madres hasta seis meses después del parto, a las que tuvieran consigo a sus hijos y a las personas mayores de sesenta años. 163.2 El Director General de Tratamiento del Instituto Nacional Penitenciario, cuando se trate de un traslado entre establecimientos penitenciarios de distintas Direcciones Regionales. El presente Reglamento del Código de Ejecución Penal regula la ejecución de la pena privativa de la libertad, las restrictivas de la libertad, las limitativas de derechos y las medidas de seguridad. La incomunicación dispuesta por una autoridad judicial o por medida disciplinaria, se cumplirá en los términos en que se haya dispuesto. Cuando las circunstancias lo requieran, será convocado el abogado, psicólogo, asistente social, educador, el médico, o cualquier otro profesional designado por medio de una Resolución Presidencial del Instituto Nacional Penitenciario, interviniendo con voz y voto. Para la redención de la pena por el trabajo, se computará como un día de trabajo la actividad laboral realizada durante al menos cuatro horas, así sea en días diferentes. Dentro del plazo de treinta días de obtenida la semilibertad, el interno está obligado a acreditar la actividad laboral o educativa que realiza. Para tener derecho a dicho beneficio, el interno tiene que haberse inscrito previamente en el Libro de Registro de Trabajo. Tratándose de internos recluidos en establecimientos penitenciarios adyacentes o establecimientos penitenciarios dentro de una misma localidad o provincia cercana, el beneficio será concedido por el Consejo Nacional Penitenciario, quien establecerá su frecuencia, teniendo en cuenta el grado de peligrosidad, conducta de los internos, así como las condiciones de los establecimientos penitenciarios y la capacidad operativa que implica su ejecución y los riesgos que pudiesen atentar contra la seguridad penitenciaria y/o ciudadana. En todo establecimiento penitenciario deberá implementarse un Registro de Control de Ingresos y Egresos que estará a cargo de la Oficina de Historial Penitenciario. ©2023 vLex.com Todos los derechos reservados, VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. La administración penitenciaria calificará la situación de convivencia de los internos que no siendo casados, tienen relaciones afectivas permanentes. Legislativos Nºs. El sentenciado debe firmar y estampar su huella digital en una planilla individual, en la que se dejará constancia de la fecha y actividad realizada, así como de la hora de entrada y salida.
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